El Ministerio de Medio Ambiente y Seguridad Energética ha publicado la nueva normativa sobre los métodos de funcionamiento necesarios para la transmisión de datos al RENTRI, el Registro Electrónico Nacional de Trazabilidad de Residuos. El Decreto n.143 también define los nuevos métodos de acceso y registro previstos para los operadores y los requisitos informáticos necesarios para garantizar el correcto uso de las herramientas de identidad, autenticación y suscripción.
La progresiva digitalización del proceso de gestión de residuos nos permite eliminar los flujos de documentos en papel utilizando nuevas tecnologías, como la firma digital y los sistemas de gestión PEC. De hecho, el uso de firmas digitales, especialmente en el ámbito profesional, permite agilizar los procesos, eliminando el tiempo perdido en imprimir, firmar y enviar copias en papel. De hecho, como informa InfoCert, el proveedor de servicios de confianza número uno cualificado en Europa, las soluciones modernas para la firma electrónica de documentos, como el firmar con SPID, le permitirá abandonar el papel y tomar una decisión ecológica que reduzca el impacto medioambiental. Firmar con el SPID también permite a cualquier persona autenticarse con su identidad digital para firmar cualquier tipo de documento con pleno valor legal, utilizando las credenciales de los proveedores más importantes.
Además, el Ministerio indica cómo utilizar el paquete de herramientas con el que es posible utilizar certificados digitales electrónicos para la aplicación de la firma digital. Utilizando estos certificados es posible, por ejemplo, firmar el FIR, el Formulario de Identificación de Residuos, en formato digital y transmitir la información a RENTRI respetando las normas técnicas establecidas para la interoperabilidad de datos con la Administración Pública.
Qué empresas deben registrarse en RENTRI
Los sujetos previstos en el art., deberán registrarse en RENTRI, autenticándose en la plataforma electrónica correspondiente. 6 del Decreto Legislativo núm. 135/2018 y ley de conversión nº 12 de 2019. Las entidades obligadas incluyen: empresas y entidades que realizan tratamiento de residuos, entidades que producen residuos peligrosos, entidades y empresas que recogen y transportan residuos peligrosos o que operan como comerciantes o intermediarios. Entre los sujetos obligados a registrarse en RENTRI también se encuentran los consorcios para la recuperación y el reciclaje de determinados tipos de residuos y los sujetos previstos por el Decreto Legislativo n. 152/2006 que trata de residuos no peligrosos. Los costes de gestión del Registro se cubrirán mediante el pago de una contribución anual y unos honorarios de secretaría a cargo de los miembros.